A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Centro De Recuperacion Y Administracion De Activos Sas Cra Sas·Demandado Municipio De Santo Domingo De Silos
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias relacionadas con recobro de valores en virtud del derecho de subrogación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Pamplona y el Juzgado Primero Administrativo Oral de Pamplona.
La controversia fue originada en demanda ejecutiva presentada en contra del municipio de Silos cuya pretensión es librar mandamiento de pago por concepto del derecho de recobro ocasionado por incumplimiento de obligaciones dentro de una relación contractual.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla dispuesta en Autos 1177, 1406 de 2022, 683, 1200, 1621 y 1624 de 2023, según la cual la jurisdicción ordinaria es la competente para conocer de los procesos ejecutivos promovidos con ocasión del derecho de subrogación que establece el artículo 1096 del Código de Comercio, a favor de las aseguradoras que debieron cancelar la póliza al asegurado y deciden repetir en contra de quienes, presuntamente, ocasionaron el siniestro, por cuanto (i) no se cumplen los presupuestos previstos en el artículo 104.6 del CPACA; (ii) las pretensiones van encaminadas a la ejecución de un derecho que no se deriva del contrato de seguro, sino de la conducta desplegada por quien se presume el responsable del siniestro asegurado, es decir del incumplimiento que dio lugar a la indemnización, y (iii) en ese contexto, la regla aplicable es la prevista en el artículo 15 del Código General del Proceso.
Con base en lo anterior, se dispuso el envío del expediente al Juzgado Segundo Civil del Circuito con conocimiento de asuntos laborales de Pamplona para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Primero Administrativo Oral de Pamplona.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral de Pamplona y el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito con conocimiento de asuntos laborales de Pamplona, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito con conocimiento de asuntos laborales de Pamplona es la autoridad competente para conocer del proceso ejecutivo promovido por la sociedad Centro de Recuperación y Administración de Activos S.A.S.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3203 al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito con conocimiento de asuntos laborales de Pamplona para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral de Pamplona.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.